Sobre el Anteproyecto de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
El problema de la ciencia en España y en la Unión Europea
Sin conocimiento o areté como decía Sócrates, sin un buen diagnóstico de la situación de la Ciencia en España no se pueden proponer soluciones acertadas. Un reciente informe de la Unión Europea, el Science Research and Innovation Performance UE 2020, identifica los principales retos a los que se enfrenta la Unión Europea, y España en particular, entre los que cabe destacar los siguientes:
- La UE supera a los Estados Unidos en producción científica y número de investigadores, pero Estados Unidos supera a la UE en calidad científica, progreso tecnológico, participación de los sectores punteros tecnológicamente en la economía, y los lazos entre la empresa y el mundo académico.
- La UE tenía en 2017 un 20% de las publicaciones y de las patentes mundiales, pero China ha pasado de un modesto 5% en 2000 a un 24%, superando así a la propia UE.
- El crecimiento de la productividad de la UE entre 2008 y 2018 se ha reducido a la mitad del que tuvo entre 1995 y 2007.
- España se sitúa entre Grecia y Portugal por el número de publicaciones científicas en el top 1% de mayor impacto, aunque entre 2000 y 2016 su participación en ese segmento pasó del 1,4 al 2%.
- La crisis de 2008 ha sido implacable con la I+D. La descapitalización ha sido significativa (Gráfico 1), especialmente en España, y se requieren medidas urgentes para paliarla.
Colaboración entre empresas y sistemas de ciencia
Mejorar el sistema de ciencia e innovación requiere como objetivo prioritario restablecer y fortalecer la relación entre la ciencia y la empresa a fin de evitar el riesgo de perder la soberanía económica (7 de cada 10 de las mayores compañías por capitalización son gigantes tecnológicos norteamericanos o chinos), para lo que hay que eliminar barreras a una colaboración fructífera entre las empresas y el sistema de Ciencia.
El Informe Dowling de 2015 sobre la situación en Gran Bretaña identificaba algunas de ellas, que también se observan en España, entre otras:
1. El desconocimiento mutuo: el mundo académico desconoce las necesidades de las empresas y éstas la capacidad de la universidad de darles respuestas innovadoras. Esto dificulta que unos y otros encuentren socios fiables con quienes establecer una relación de confianza mutua que les permita fijar objetivos concretos en plazos razonables para ambos.
2. La dificultad de negociar acuerdos eficaces de colaboración. Hay un exceso de burocracia por parte de las universidades cuyo marco legal es muy distinto y más rígido que el de las empresas.
3. La dificultad de alinear los objetivos de la investigación con las necesidades de la empresa en el tiempo.
- La universidad se mueve en el muy largo plazo y la empresa en el corto. La universidad se rige por indicadores como el número de publicaciones académicas, distintos a los que interesan a la empresa, como es el verdadero impacto científico y la capacidad de innovación asociada a dichas publicaciones.
- Las publicaciones determinan la carrera académica de los investigadores, y la posición de las universidades en distintos rankings. Por contra, la innovación asociada a la generación de conocimiento afecta la competitividad de la empresa, la capacidad de generar riqueza y asegurar el bienestar de la población de un país y, por tanto, a la capacidad de invertir en investigación en el futuro.
4. Y, por supuesto, la falta de financiación, tanto por la complejidad de acceder a fondos públicos para proyectos conjuntos (diversidad de convocatorias, organismos convocantes, intermediarios, etc.), como por la escasa inversión de la empresa privada en I+D.
En Europa hay ideas y talento, pero falta un marco institucional que favorezca la relación ciencia-empresa.
Para corregir el problema, la UE recomienda liberar el potencial humano existente en universidades y centros de investigación de trabas artificiales y de directivas o incentivos contradictorios; poner en marcha programas de financiación cuyo potencial para captar fondos privados sea elevado; y, establecer mecanismos eficaces de control de resultados, en lugar de poner obstáculos administrativos en la fase de desarrollo de la investigación.
¿Responde el Anteproyecto de Ley de la Ciencia a alguno de estos retos y recomendaciones?
Un buen Sistema de Ciencia responde ante la sociedad, no ante la administración.
Para poder hacerlo, requiere un marco institucional que fomente una estrecha colaboración basada en una relación de confianza entre el sector público y la iniciativa privada, en la organización, financiación y orientación de la investigación con el fin de hacer una investigación de alto impacto académico y con fuertes efectos económicos de arrastre.
Una buena Ley debería iniciar un proceso de cambio y modernización del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación mediante la introducción de incentivos adecuados, la eliminación de trabas y regulaciones innecesarias y la puesta en marcha de un sistema eficaz de control de resultados.
- Aunque el Anteproyecto de Ley une bajo un mismo paraguas legislativo las políticas de investigación y las políticas de innovación, no propone cambio sustantivo alguno de dicho marco institucional, que sigue siendo extremadamente intervencionista. El diseño de los distintos organismos públicos encargados de la coordinación del SECTI –el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación y la Agencia Estatal de Investigación— no le permite a éste alinearse con las demandas de la sociedad, ni incentiva el correcto funcionamiento de todas las instituciones implicadas, universidades, centros de investigación, empresas innovadoras, etc.
El marco institucional del Anteproyecto sigue siendo extremadamente intervencionista.
- La Ley no elimina las barreras existentes a una relación fluida y eficaz entre los distintos agentes del SECTI, al contrario, se establecen nuevas restricciones como las relativas a la titularidad y el carácter patrimonial de los resultados de la investigación. Tampoco elimina las barreras que impiden al Sistema atraer y retener talento, sin el cual ni se genera ni se aplica nuevo conocimiento.
- La Ley no establece incentivos Predominan los incentivos personales, los sexenios de investigación y de transferencia de conocimiento, ambos directa y casi exclusivamente vinculados a la carrera académica de los investigadores públicos. No hay incentivos para que el SECTI responda a las necesidades de la sociedad.
La compra pública de innovación es quizá el único incentivo que se introduce para promover la innovación.
- Se pospone la introducción de mecanismos eficaces de seguimiento y control de resultados, pese a la contrastada ineficacia de los actuales baremos que se centran casi exclusivamente en la definición de la carrera académica de los investigadores. Establece un reparto confuso de responsabilidades en un complejo sistema de evaluación de la actividad investigadora que se aparta de las mejores prácticas internacionales y en particular del sistema de tenure track.
En definitiva, el uso frecuente de eufemismos y vaguedades para encubrir o justificar los verdaderos objetivos, la falta de concreción, y la acumulación de frases hechas acaban ahogando las ideas “como las hojas de té bloquean un fregadero,” símil muy británico que acuñó George Orwell en un breve ensayo sobre el deterioro de la lengua inglesa, que define a la perfección el Anteproyecto de Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, aprobado por el gobierno el 18/02/2022.
Para más información se puede consultar:
Nuñez, C. E. (2022): “Comentarios al Anteproyecto de ley por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.” Informes y papeles del Grupo de Trabajo Mixto Covid-19. FEDEA, Colección Apuntes, no. 2022-04. Madrid.
Mulet, J. (2022). “La Innovación y la I+D españolas en 2020 y su evolución desde 2008. Comparación internacional.” FEDEA, Estudios sobre la Economía Española no. 2022-07, Madrid.
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