Financiación de las empresas a las universidades públicas. Tímidas propuestas de mejora (y III)

Frente a la resignación, reactivación

Ante el panorama descrito, ciertamente poco halagüeño, en la primera y segunda entregas de esta serie, sobre todo para el futuro de España como potencia económica, pero también para lograr un posicionamiento de nuestras universidades de investigación en el concierto internacional de mayor excelencia, no cabe la resignación, ni la inacción. La clave está en la reactivación del gasto en I+D+i.

Conscientes del desafío de las exigencias científicas de toda índole que ha planteado la gestión y solución de la terrible pandemia desencadenada en 2020 y que prosigue en 2021, las instancias gubernamentales españolas, estatal y autonómica, han reforzado en los presupuestos de 2021 el gasto público en I+D. Con ello,  han establecido palancas para activar el gasto en I+D+i empresarial, al menos en el ámbito sanitario, digital y el medioambiental. En cualquier caso -no lo olvidemos- estas dotaciones están alimentadas por unos fondos extraordinarios europeos de vida limitada. Por tanto,  no suponen o  pueden no suponer una apuesta estratégica a largo plazo, que es la que resulta absolutamente necesaria.

El objetivo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía, presentado en 2020, tiene precisamente entre sus objetivos centrales cambiar nuestro modelo productivo, para hacerlo más intensivo en conocimiento, más compatible con el medio ambiente, más competitivo y menos desigual.

Nada esto será posible si el gasto en I+D no se reactiva, se expande y se generaliza, favoreciendo la competitividad y la generación de rentas compatibles con una potente economía del conocimiento y un Estado del Bienestar fuerte y fiscalmente sostenible.

Cinco asignaturas pendientes

Para facilitar la consecución de estas metas, las universidades y la regulación del sistema universitario tienen asignaturas pendientes que deben estudiarse y superarse. Nos atrevemos a identificar cinco:

Primera

  • Conviene no olvidar el carácter prácticamente voluntarista con el que el profesor universitario, una vez ha alcanzado determinado status laboral, aborda la realización del desempeño de su actividad de I+D+i. Tal y como está contemplada en la regulación, y al contrario que la docencia, en el ámbito universitario español, la actividad de I+D+i no se administra como una obligación, sino como una capacidad. Eso supone que las instituciones universitarias (y los responsables de su gobierno) tengan muy limitada su capacidad de gestión para activar este recurso. Es indudable que la presencia en la universidad pública española de estos condicionantes, también ayudan a explicar las carencias que se viene observando en la conexión universidad-empresa. En consecuencia, en este punto la regulación debe cambiar y modificar la consideración de la actividad de I+D+i del profesorado universitaria desde un concepto de capacidad a otro de obligación laboral.

De una regulación de la actividad de I+D+i basada en el concepto de capacidad al de obligatoriedad. 

Segunda

  • Si es cierto que consideramos la actividad de I+D+i esencial para el país y para la universidad, no es posible que pretendamos desarrollarla con unas estructuras de producción basadas en la precariedad de medios y en la esclerosis regulatoria. Precariedad que comienza con decenas de miles de investigadores contratados con sueldos mileuristas y en permanente temporalidad laboral (estos meses hemos conocido que la práctica totalidad de los equipos que investigan soluciones para el COVID 19 están integrados por contratados temporales de renovación incierta, que llevan en esa situación décadas); una precariedad que continua con proyectos infradotados económicamente y sometidos a una regulación de gestión de personal y económica, tan absurda y asfixiante, que incentiva con fuerza el abandono de los esfuerzos de los responsables de los proyectos de investigación.

Los cambios normativos que modifiquen esta situación, reclamados año tras año por investigadores y universidades, no admiten más dilaciones, exigen una solución inmediata y efectiva.

Tercera

  • El impulso necesario para cambiar la conducta predominante en las universidades con capacidades de investigación no activadas, tiene que proceder de la aplicación decidida y precisa de una financiación pública por resultados (docencia, investigación y transferencia). A su vez, las instituciones han de replicar esta financiación al ámbito de las áreas de conocimiento para determinar sus plantillas de profesorado y la dedicación laboral de sus miembros. La ausencia de incentivos institucionales, o su notoria insuficiencia, supone un serio hándicap para intensificar la conexión universidad-empresa. Mejorarla requiere, ante todo, generalizar al conjunto de los investigadores universitarios un comportamiento proactivo capaz de dar respuesta a las necesidades de incrementar la incorporación de conocimiento al tejido productivo español.

La ausencia de incentivos institucionales limita la conexón universidad-empresa. 

Cuarta

  • Por su parte las universidades, tienen que mejorar la dotación y la cualificación profesional de las actuales OTRI y priorizar el vector de comercialización de las capacidades universitarias hacia el mundo empresarial. La universidad pública mejorará la financiación procedente del tejido productivo español (o extranjero) en la medida que pueda convencer a las empresas de que son capaces de ofrecer servicios que sean soluciones eficaces a los retos que estas han de superar para permanecer rentablemente en los mercados.

Hay que priorizar el vector de comercialización de las capacidades universitarias. 

Quinta

  • Por lo que se refiere al mecenazgo, la autoridad fiscal deberá revisar la actual consideración de los desempeños universitarios para incorporarlos al grupo de las denominadas actividades prioritarias en la relación que anualmente se fija en la Ley de los Presupuestos Generales del Estado, con lo que se incrementa en 5 puntos el porcentaje aplicable de deducción. A medio plazo, se debería revisar el régimen fiscal de las donaciones, elevando progresivamente el porcentaje deducible en la cuota tributaria de los respectivos impuestos (sociedades y renta), la limitación de la deducción en relación con la base imponible del impuesto y anular los condicionantes que se aplican para compensar la deducción en el periodo fiscal que le corresponda. En el mecenazgo vía convenios de colaboración empresarial, la autoridad fiscal podría incentivar el montante de esta financiación mediante la implantación de un coeficiente multiplicador del importe a deducir en la base imponible del impuesto aplicable a las cantidades satisfechas o a los gastos realizados por las empresas e ISFL, que tengan como destino el desarrollo de proyectos de investigación básica contemplados en el plan propio de investigación de la universidad.

Y, para concluir, una llamada al tejido empresarial español

En cualquier caso, nada de esto obtendrá resultados significativos si, desde ahora mismo y en el futuro a corto plazo, el tejido empresarial español no cambia su estrategia y considera la investigación y la innovación como factores determinantes de su rentabilidad futura.

Confiemos en que estos cambios se produzcan, en caso contrario, empresas y universidades españolas, no contribuirán, con todo su potencial, al necesario y exigible progreso que nuestro país merece.

 

¿Y tú qué opinas?